Salarios docentes: otra audiencia en procura de un acuerdo por la sentencia del STJ
Este jueves, la Justicia buscará acercar posiciones entre el Gobierno y Federación Sitech tras revisar el proyecto oficial para regular las actualizaciones de haberes.
La disputa por la actualización de los salarios docentes en Chaco tendrá un nuevo capítulo el jueves 29, cuando la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones del Trabajo convoque a una audiencia de conciliación entre el Poder Ejecutivo y Federación Sitech.
La instancia se realizará en un escenario en el que esa dependencia advirtió que la propuesta legislativa presentada por la Provincia no responde a las condiciones fijadas durante la ejecución de la sentencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ).
El expediente se inició por la interrupción de la cláusula gatillo, el sistema que ajustaba trimestralmente los haberes docentes según la evolución del índice de precios al consumidor (IPC). Tras la intervención del máximo tribunal provincial marcando que debía respetarse la intangibilidad de haberes (es decir que no podían efectuarse recortes arbitrarios) , el Gobierno debía avanzar en una respuesta normativa que permitiera encauzar la controversia, ya que se trataba de un ítem que se pagaba sin el respaldo de una ley.

INTERPRETACIONES
La iniciativa oficial plantea que las futuras recomposiciones salariales deben compatibilizar la preservación del poder adquisitivo con la sostenibilidad de las cuentas públicas. Para ello, propone evaluar periódicamente la coparticipación federal, los recursos nacionales, la recaudación provincial, la inflación y la incidencia del gasto en personal, entre otras variables.
El texto también descarta la indexación automática de los salarios y condiciona las eventuales actualizaciones a la disponibilidad de fondos y al equilibrio fiscal. Además, prevé que el régimen comience a aplicarse desde el ejercicio presupuestario 2027.
Ese diseño constituye el núcleo de las diferencias con la interpretación judicial. En la resolución, las juezas Silvia Suárez y Silvana Gómez consideraron que la propuesta no determina una pauta específica de actualización ni establece el índice que se aplicaría durante el año que viene.
En consecuencia, entendieron que la iniciativa enuncia criterios generales, pero no concreta el mecanismo requerido en el expediente.La Cámara recordó que ya había intimado al Poder Ejecutivo, mediante el interlocutorio 103 del 8 de mayo, a enviar a la Legislatura un proyecto dentro de un plazo de 30 días hábiles. Esa disposición fue dictada durante la ejecución de la sentencia 70/26 del STJ, del 18 de marzo. La sentencia de marzo del STJ constituye el punto de partida para comprender el alcance de la controversia. El tribunal abordó las consecuencias de la interrupción de la cláusula gatillo y la necesidad de que el Estado provincial avanzara en una respuesta normativa. En ese marco, la discusión también involucra la distribución de competencias entre los poderes del Estado: la determinación del régimen remuneratorio y de los métodos de recomposición corresponde a las autoridades políticas, mientras que la Justicia debe controlar el cumplimiento de las obligaciones reconocidas judicialmente.
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